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Clínica, Lenguaje, Psicoanálisis, Filosofía, Poesía,
Melodías, Memoria, Arte, Fragmentos, Náusea


jueves, 11 de noviembre de 2010

Diálogo entre Derecho, Psicología y Psicoanálisis

El diálogo entre Psicología y Derecho es difícil y no muy equitativo entre las disciplinas. Esto se debe, primero, a que el campo donde se articulan, donde se desempeña la Psicología jurídica es el del Derecho, bajo las reglas del aparato jurídico en sí. Otra dificultad es la diferencia en el lenguaje, el paradigma, las visiones, etc.
Con respecto a la primera dificultad se debe entender que el psicólogo jurídico trabaja en distintas áreas (criminología, victimología, lo penal, peritajes, etc.) donde se le demanda una respectiva tarea en relación a un saber que, se supone, posee. Sin embargo, se puede ver que la demanda no es hecha por un paciente que acude por voluntad propia a una consulta, por lo general la demanda viene de operadores jurídicos, ya sea jueces, fiscales, defensoría, etc., pero siempre en relación a personas que no siempre (las menos de las veces) estarán asistiendo por propia voluntad. Por lo tanto, el psicólogo abandona un poco el espacio que por tradición corresponde al área más clínica, y se instala como un engranaje de un sistema predeterminado, regulado por el Derecho, por el Sistema jurídico.
Esto conlleva implicancias que tienen relación con adquirir la visión de las personas y del objeto de trabajo que aporta el Derecho, respondiendo a las demandas impuestas por él. He aquí la relación con la segunda dificultad. El Derecho tiene concepciones de sujeto, realidad, responsabilidad, etc., distintos a los que puede tener la Psicología, y ésta a su vez, trabaja con un lenguaje que no siempre puede ser superpuesto o extrapolable al discurso jurídico. Sin embargo, y a pesar de estas dificultades, los psicólogos se las arreglan para formar parte del engranaje y responder en la medida de lo posible a la demanda. Entonces el diálogo entre Psicología y Derecho se resuelve más o menos de tal manera que la palabra del psicólogo tiene un valor importante.
Distinto es el destino de la articulación entre el Psicoanálisis y el Derecho. Las dificultades entre estos dos son las mismas, pero a un nivel mucho más profundo, enraizado en cuestiones epistemológicas que hacen que el diálogo sea, muchas veces, nulo.
Camargo (2005) destaca el hecho de que existan textos en las bibliotecas de Derecho donde sea posible encontrar conceptos psicoanalíticos. Cabe destacar entre estos conceptos el de responsabilidad y sujeto. El Derecho entenderá al sujeto como autónomo, capaz de hacerse responsable de sus actos (Salomone, 2006). En ese sentido, el sujeto que por alguna discapacidad o enfermedad no tiene dominio de sus facultades mentales, por lo tanto no es autónomo, deja de ser un sujeto al que pueda imputarse, al que se le pueda atribuir esa responsabilidad jurídica. Por su parte, para el Psicoanálisis, la responsabilidad también se configura como aquello que define al sujeto (Camargo, 2005), sin embargo, desde la perspectiva que cada sujeto es responsable subjetivamente por cada cosa que haga, como dice Camargo “el sujeto es efecto del Otro (…) efectos antecedentes que lo condicionan, pero que sin embargo, no lo eximen de responder, tanto de su decir como de su actuar. O sea, para el Psicoanálisis, el sujeto es siempre responsable” (2005). Esto se debe a que el sujeto no puede pensarse al margen de la Ley, en tanto Ley simbólica, psicoanalítica, siempre constituyente de subjetividad.
Aquí entonces es donde empiezan los problemas. El Derecho funciona con la ley, el Psicoanálisis con la Ley. Una prescribe lo que no se puede hacer y su respectiva sanción a la transgresión, la otra nos constituye como sujetos. Existen analistas que han intentado superponer estos conceptos, así mismo como el de sujeto y responsabilidad, y hacer una especie de Psicoanálisis del sistema jurídico o del funcionamiento de los operadores. No se trata de hablar del concepto en uno u otro campo indiscriminadamente como si funcionara con una sola y universal significación.
El hecho es que el Derecho no tiene interés en sujetos deseantes, el Derecho debe de habérselas con sujetos jurídicos. Por lo tanto, al no tener en consideración muchas veces la distinción que propone el Psicoanálisis, el Sistema jurídico es desbordado por la realidad, y no es capaz de leer algo que ocurre comúnmente en Familia, que tiene relación con que muchas veces quienes se presentan con quejas no hacen una demanda jurídica, sino, una demanda de restitución subjetiva (Camargo, 2005). Entonces, casi sin reconocerlo, el Derecho es el que sale de su espacio más cómodo, y se encuentra en uno donde la Psicología y el Psicoanálisis tendrán mucho que decir.
No se trata de que el Psicoanálisis deba utilizarse para modificar las leyes o como el paradigma que debe regir el discurso del Derecho. Se trata de ofrecer en las distintas funciones que pueda desempeñar el psicólogo, una perspectiva distinta, crítica y que permita facilitar o encaminar correctamente las demandas, no solo de los sujetos que llegan a requerir algo del Sistema jurídico, sino también las que provienen de los mismos operadores del sistema. Hay algunas funciones que ofrecen una mayor libertad, como los peritajes, y hay otras donde las diferencias parecen irreconciliables. Pero ser psicoanalista en lo jurídico es una función con un valor que debe reconocerse y expresarse.

Por Claudio Gaete

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Referencias Bibliográficas

· Camargo, L., (2005) La Función Pericial. Responsabilidad e Inimputabilidad. Límites y alcances del Acto Jurídico en Familia. Diálogos entre Psicoanálisis y Derecho. En Encrucijadas del Campo Psi-jurídico. Ed. Letra Viva, Buenos Aires, Argentina.

· Lacan, J., (1966) Escritos 1. Introducción teórica a las funciones del psicoanálisis en criminología. (1º ed., 2º reimpresión 2005). Siglo XXI editores, Buenos Aires, Argentina.

· Salomone, G., (2006). El sujeto autónomo y la responsabilidad.

lunes, 8 de noviembre de 2010

Un normal hablando

Todo es normalidad, se nos habla de ella y de lo no esa. Hay gente que si hay gente que no. La culpa aflora de ella, de su violación a norma, que la habría disfrutado no normalmente, en un acto, y no cualquier otro, sino uno que daba cuenta de un deseo de atentarla, no serla. Para los atentados, la justicia lo hace normal, en un atentar contra él en su a-normalidad, su misma deformación de la palabra hace notar esa distancia mal parida, hacia un maldito. Este actor ha hecho un acto no casual ni único por su cuenta, “la justicia es para todos”, puesto todos violamos y somos ultrajados de los mismos, el ha hecho el cuento de su hacer con una sabia lección, todos somos normales, el a-normal también lo ha hecho y lo harán de él también cada vez que sea culpable de su propia victimisencia.


Por Diego Gonzalez

miércoles, 3 de noviembre de 2010

De muros y palabras

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Sedados caminantes,

invitamos a la infamia y la alta alcurnia:

incultos, gente de raza, toscos, susos de prosapia…

a la fiereza de un encuentro rimbombante y vocinglero.
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Si los muros irrumpen, armémonos de palabras.

Por Chris Rauld

lunes, 7 de junio de 2010

Ética conversacional

Al afrontar instancias correspondientes a situaciones decidas-dichas conversacionales, diálogo intrínseco de reanimar concordancias de la vida, simplezas que pueden discurrir acaudalando hechos dignos de re-comentar, o también decir remodelar, a las consignas, cabe por lo menos decir, que nos permiten emprender la travesía de encontrar en otro la pauta fingida de escucharlo. El presente reconocimiento brinda la discrepancia gráfica al pretender encaminar las letras con la significancia intencional, es más bien un eterno reintentar dar cabida al proceso de expresión, que de lógica sólo puede encubrir una ética de no pensar mucho en voz baja en la supuesta interacción. Esta ética es sobrepasada por la antesala del encuentro (conversación), lugar donde de por sí se constituye la estancia e instancia en la propia premisa, inhabitable a delirios contrapersonales (lugar del otro); se puede pensar en voz alta hasta un antes de la puerta de entrada a la ética del conversar. La remodelación del diálogo intenta no dar más maniobra que mantener la misma masa de lo dicho girando en un rotor para constantemente darle la forma que necesite para no volver a realizar la esquizofrénica tarea de construir un nuevo molde a cada palabra dicha. Lo que se requiere para comunicarse es generar y confiar un mecanismo posibilitante de la supuesta posibilidad de creer a otro, es decir, dar supuesto a concretarse impropio en el lugar de sí mismo. La ética aquí sólo es posible de lógica instrumentalizando el sí mismo como herramienta de intercambio, que de por sí ya es un instrumento de alucinación existencial propia.


Precisamente es la concordancia creíble la que tropieza con estas letras. Pero sumergir en las profundidades del proceso social a la intención de creerlo remite como mínimo, a la precisión de situarse allí interactuante. Cómo pensarlo situando al otro simultáneamente desde una respuesta conjunta unísona. Es sólo remitirse a la tarea epistemológica de explicar aquello. Explicar un “quienes” resulta reconocible desde la propia palabra dicha. No es el intento de posicionar al individuo y reflejarlo sobre su propia reflexión como secuencia propia de presencia explicativa, tampoco la ya clásica y trillada recursividad del lenguaje. El individuo sólo es reconocible desde un observador que de por sí no puede ser individuo, ya que estaría demasiado ocupado conociendo como para darse a conocer a otro observador sabiendo de ello ¿Dígalo usted observador? Dicho lo anterior: ¿Qué tanto puede pensarse para sí frente a otro qué tanto así no puede pensarse como otro? Decididamente ¿Puede un individuo pensarse otro, dicho conclusivamente otro en la posición fáctica de presenciarse otro ?…Una tarea para alimentar hambrientas y atormentadas recursividades, que nunca respetaron el círculo que prometían.


Lo que se lleva impuesto es el volumen bajo, que de alto haría imposible concretar la ética auto-contratada del conversador (no individuado). Es decir, la voz baja no tiene causa, ya que no se explica en pos de salvaguardar la posibilidad social, no se ex–plica a otro. Un proceso social interactuante de reconocimientos mutuos, consiste en una provisión bajo la cual se auto-contrata una ética apodada social con el fin de dar cabida al palabreado que atormenta con la incertidumbre. Se produce otro con lo que ya también se finge el pensar evitar cambiar la masa dicha del rotor (el supuesto lugar del encuentro). El molde nos sumerge en la ficción del otro, pero también nos hace bien educados.



Por Manuel Bravo L.

domingo, 6 de junio de 2010

Tortura y su otra escucha

La tortura ha sido una práctica que ha estado activa desde los principios de la historia. Podemos ver escritos que muestran su ejercicio desde el apogeo de las grandes culturas del mundo antiguo, tales como los griegos, los hebreos, los ro-manos, etc. Todas teniendo como fin dos puntos; hacer pagar al detenido por infringir el código moral, o sea, haber cometido algún delito o ser algún detenido de guerra. Más adelante en el tiempo, y cerca de nuestra realidad como chilenos y Latino Americanos, tenemos la aplicación de esta bajo la dictadura militar.
Todos bien sabidos de nuestra historia, sabemos o tenemos como mínimo una idea de las atrocidades cometidas en esa época, impedimento de la libre expresión en el plano político e intelectual, siendo segregadas y diluidas muchas instituciones que pertenecían al corpóreo social de la época. También sabemos ya de las más precisas prácticas cometidas por grupos policiales y militares en contra de los individuos que pertenecían o tenían algún lazo con la Unidad Popular o en concreto opositores del régimen. Estos eran detenidos, mejor dicho asaltados, por un grupo de policías civiles y eran llevados en contra de su voluntad a centros de “detención e interrogatorio”, que jugaban un rol vital dentro de su política de represión. Estos lugares serían establecidos con el solo propósito de llevar a cabo, en forma sistematizada y en total impunidad, los delitos de terrorismo de Estado, persecución política y religiosa, tortura, secuestro calificado, homicidio, des-aparición forzada e inhumación ilegal, entre otros crímenes.[1]
Es muy importante tomar en cuenta este contingente tema, para ponerlo bajo la óptica de nuestra ciencia, la Psicología, y así pesquisar en profundidad el tema y las dimensiones que traspasa, no solamente en lo suponible por ser un evento traumático, sino también ver el cómo leemos, o mejor dicho escuchamos, el relato de este en comparación a otros organismos que se especializan en el tema. Se expondrán dos casos de tortura, teniendo como objeto de trabajo, el relato verídico de lo vivido por un preso político en El Salvador y el otro traído desde una película, la cual expone muy ricamente el tema en cuestión que marcará, lo que aquí quiero plantear, la otra escucha de este relato sobre la tortura, su abuso y cuál es la medida compensatoria que de verdad pide el sujeto.
Primero para poder agarrar un cuerpo, un volumen en el cual podamos sostener nuestra explicación, se definirán dos conceptos centrales para el desarrollo de las hipótesis.
“Tortura” tiene muchas definiciones tales como la declaración de la Asamblea General de la ONU de 1975 que la define como:

"Se entenderá por tortura todo acto por el cual un funcionario público, u otra persona a instigación suya, inflija inten-cionalmente a una persona penas o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido o sea sospechoso de haber cometido, o de intimidar a la persona o a otros". [2]

Claramente esta definición de tortura suena precisa al leerla, pero acotare-mos que responde al uso de la tortura desde un organismo mayor, llamado Estado, y que cuando trata de desligar el uso de esta sólo a un interés personal, aun así le da la finalidad de obtener información, castigarla por algo, o buscando un algo sostenible, esperable para los márgenes o usares de la tortura en los sujetos. ¿Cuál es el fin de hacer esta reflexión sobre dicha definición? El fin será marcar la diferencia en la escucha realizada por el psicólogo y el Estado. Nosotros los psicólogos atenderemos a como el individuo valoriza su tortura y en especial, que es el objetivo de este trabajo, qué particularidades tiene el relato del abuso sexual, violación, dentro de una tortura.
Definiciones de abuso abundan en la literatura y en internet, pero aun así no encontré ninguna que se configurara perfectamente a los planteamientos de la investigación. Es así que acuñe varios de estos y defino al abuso sexual como; “cualquier acción de tipo sexual impuesta sobre un sujeto a otro, de relación asimétrica, con el fin de satisfacer el deseo del abusador”. Sobre esta acotada definición expuesta del abuso sexual en la tortura, valorizaremos la diferencia entre lo traumático en la tortura y en el abuso sexual en el “deseo”, ya que es la acción del deseo sin consentimiento del abusado, la que diferencia la acción ejer-citada en la tortura; ya que esta no está ligada a un deseo personal, psíquico, si no a un objetivo en sí, que es la búsqueda de algo a cambio del suplicio, que es información para que el organismo mayor no se desmorone y así pueda mantener su estructura. El torturador en esta óptica, no respondería en su acto a su deseo, si no al deseo de una estructura que lo justifica de alguna manera. El abuso sexual a cambio de su ejecución alude a una ganancia del cien por ciento personales, esa ganancia, la satisfacción sexual, y una especulante perversión detrás del acto, torna el acto en algo íntimo, lo que aleja el uso de la coercitividad en el uso a post de algo en mayor nivel de jerarquía y lo instaura en un plano individual en su relación intersubjetiva, en el cual se configura de otra forma el trauma. Diremos entonces que lo íntimo seria junto con el deseo lo que diferencia al abuso sexual en la tortura, con la tortura.
Ya teniendo en claro un pilar en el cual sostenemos estas primeras ideas, daremos paso a ejemplificar de manera concreta dicha diferencia tan exquisita para el tema en cuestión. A continuación se verá el testimonio de un reo político salvadoreño presentado ante una corte en dicha nación, con el fin de juzgar a los actores de tortura.

Cuando ingresamos en el citado cuerpo de seguridad de in-mediato me arrancaron a tirones la ropa hasta quedar desnudo y siempre vendado y esposado fui sometido a un interrogatorio… Tales interrogatorios duraban desde dos horas y media hasta cinco o seis horas y media seguidas, sintiendo el calor de presumiblemente potentes reflectores y temblores a raíz de los choques eléctricos recibidos… cuando me veían desfallecido, casi sin aliento y desmayado, ensangrentado u entumecido por los golpes y malos tratos, me iban a tirar como si fuera un fardo a la celda que me habían asignado, en la cual las cucarachas, Los mosquitos, zancudos, moscas, ratas y gran cantidad de otros insectos pululaban entre los excrementos y orines, ya que la celda carecía de un orificio en el sello para que la suciedad pudiera salir… cuando llegaban a buscarme para otro interrogatorio y no podía moverme la debilidad por el hambre y la sed así como por las lesiones que presentaba, me halaban de los pies y a puñetazos me hacían volver un poco en mi; al octavo día me llevaron en un bote sucio con restos de pintura, un poco de agua en la que habían unas cucarachas, pero era tan grande la sed que me devoraba, que como pude, tome entre mis manos tumefactas ese bote y bebí ávidamente su contenido, inclusive la cucaracha, cuya existencia dentro del agua comprobé hasta que la tuve en la boca; ese hecho me produjo vomito inmediato, expulsando de nuevo el agua sucia que acababa de ingerir, y quedando peor que antes. Así era la rutina durante los primeros veintiséis días.” [3]

Conmovedor y desgarrantes palabras son las que configuran este relato, poniéndonos a imaginar él como ha de haber sido dicha situación. Pero alejándonos de toda irrupción emocional, analicemos lo citado bajo los supuestos expuestos anteriormente.
Claramente el que este testimonio vaya dirigido a una audiencia jurídica hace que la estructura del discurso sea objetiva y su narrativa de cómo paso a paso sucedían los hechos no de espacio para apreciar un juicio de valor con respecto a lo vivido. Bueno, este testimonio sirve precisamente para las pretensiones del Estado nuevamente, que es la de brindar justicia por los crímenes cometidos por el régimen anterior. Sin poner en desmedro las pretensiones de dichas funciones, y su logro dentro de lo social, es muy difícil imaginar que se logre justicia, si colocamos en el tapete la real demanda del sujeto torturado.
La justicia implementa sanciones contra dichos actos que cree ella, bajo sus criterios, están acorde a lo sucedido, siendo de un carácter justo, para ambas partes. Es aquí donde se empieza a tejer la problemática de si la justicia es realmente justa y si en fundamento apunta con sus sanciones a ser el vehiculizador de la sanción querida y vista como realmente justa de la víctima.
Puede suceder, teniendo planteada esta tensión, que el sujeto prefiera to-mar la justicia por sus propias manos, colocando en jaque la credibilidad y sustento de las organizaciones superiores encargadas de solucionar e implementar las medidas punitivas contra los victimarios. Por catalogarlas como injustas, o simplemente de no ser lo que el sujeto realmente quiera obtener de su agresor. Como se puede sostener, de una manera justificable el hecho que el sujeto quiera tomar por sus manos la justicia. Lo pensaremos a causa del carácter intimo que tiene el trauma, entre la víctima y el victimario, hecho el cual pide la toma de justicia entre ellos y no por medio de un organismo el cual busca un juicio justo para ambas partes, de cierta manera amparando al victimario.
A caso de esto es que quiero ocupar de ejemplo para poder construir mi hipótesis, que marcará la diferencia entre la escucha del Estado y la del psicólogo, el caso expuesto en La muerte y la doncella por Roman Polansky (1994), en el cual se está en presencia de una víctima totalmente traumatizada y envuelta en miedos que se originan, no solo de la tortura que es componente importante en su vivencia, sino que también de la violación reiterada sufrida por parte de un funcionario médico que dejó en ella una marca más profunda que la tortura sufrida a causa de ir contra el régimen político de la época.
La diferencia entre los traumas, y sus distintas exigencias de justicia, tiene su origen de significado, que posteriormente configura otro trauma dentro de un trauma, en a quien responde la acción. ¿Qué caracteriza a este trauma más po-tente para esta mujer? Es que el torturador se convierte en abusador de una manera bastante particular, en la cual en un principio actúa como una figura protectora, la cual da seguridad y afecto a la torturada para luego sufrir un quiebre, una fractura en su conducta, tornándose en abusador sexual, creando una atmósfera dentro de un contexto totalmente opuesto al de la tortura.
Sin desviarnos, lo que queremos explicar dentro de este caso en particular es que la mujer, siendo en la película esposa del fiscal encargado de esclarecer y sancionar todos los actos de justicia, no pedía que bajo el ojo ciego de la justicia se sancionara a su abusador por tortura, cuando en verdad este nunca lo fue, si no que esperaba, como medida reparatoria, la confesión de este, asumiendo que era él quien había llevado tales violaciones, con todas sus particulares características, características que sobreponen al abuso sobre la tortura, dejando a esta en un segundo plano.
Podemos decir aquí que en lo particular la justicia que buscaba esta mujer, corrió en un primer momento por la venganza y llegar a matar al violador, pero sufrió una transformación al pasar la trama que lo único que pedía, a gritos, de una manera desesperada, era el reconocimiento de alguien, el asumir una figura concreta del abusador. Este simple acto, para ella era considerado la justicia que pedía.
¿Qué es lo que psicológicamente podemos decir que hay detrás de esta petición? Es el anhelo de situar el reconocimiento en algo irreconocible. Es poder llenar el vacío que fue generado por ese momento traumático, es poder enfrentar, frente a frente al victimario y pedir algo a cambio. Que en este caso fue, la simple, pero siempre difícil confesión.
Con dichas exposiciones, esperemos que quede claro para nuestro cuerpo de psicólogos cuáles son las características de la justicia real psíquica que muchas veces deja de lado el organismo judicial y socio-gubernamental en relación a materia de derechos humanos, tecnificando un hecho que pide justicia, no sélo desde un pueblo, una cultura herida, si no también y más importante, desde el sujeto mismo.

Por Patricio Treuer F.
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1 - http://www.memoriaviva.com/Centros/centros_de_detencion.htm
2 - http://www.omct.org/
3 - Testimonio del reo político Reynaldo Cruz Menjivar. ECA, 1978, 360, 850-858.

sábado, 24 de abril de 2010

Encuentro e inmersión en la Clínica

Dificultará un poco la estática de pensar la clínica en un cierto sentido e intentar emprender en este o en su búsqueda. Los psicoanalistas señalan que el encuentro con el paciente permitirá el lugar de una teoría del sujeto, y por qué no, del encuentro. Así, desde un comienzo, dicho encuentro se piensa como sobre un posicionamiento ético. Pero es difícil pensar que el analista sea quien hable de este encuentro. Mas bien, se hace preciso pensarlo, a este, como quien es capaz de dar cuenta de una inmersión; que no tendrá cuenta del posicionamiento subjetivizante de enmarcar unos participantes del encuentro y, claro, tampoco se hará de aquél.
El analista prudente dará cuenta del valor de elaborar sobre la subjetividad y lo situará en la balanza contra el análisis de un encuentro, contra el hablar de una inmersión –claro, porque es muy ético en su labor, pero ¡cuidado! No encantarse con los temores de una inmersión segura. El analista clínico supone un “llegar”, dando cuenta de su posicionamiento ético que, en última instancia, lo lleva a la pregunta por la cura y que, a su vez, los lleva al dilema ético y subjetivista de encuadrar los parámetros de una cura y el paso próximo más seguro para volverse sobre su posibilidad. Pero el psicoanálisis nunca se trató de mantener el síntoma o de aplacarlo con algo más tolerable para los discursos de la contingencia, sino que, ya la lectura más decidida, siempre nos lleva a los caminos de la muerte –y el psicoanálisis ahí como método para hacer de esta muerte algo más tolerable, pero no el mantenimiento del síntoma. Es decir, que lo implícito en la práctica analítica no se trata de los caminos a la cura, ni a cualquier otro lugar, sino de un encuentro y el posibilitar desde un dicho encuentro. El posicionamiento ético –muy éticamente– es algo a superar en el discurrir de la clínica.
Como podemos apuntar, desde ya, no se trata este texto de una imposición ética mayor a una práctica clínica pervertida. No se trata del juego de las posiciones, ni del lugar de ni de la transferencia, sino de un llamado de atención a dar cuenta del carácter de muerte asistida que ofrece esta práctica. Digamos de la clínica, la inmersión de un encuentro, no así de los lugares de.
Pareciera ser que la inquietud de la escucha ética supone una supresión tormentosa de los residuos de un sí-mismo que se prestó a la identificación de muchos analistas; de muchos escuchas. Así, cabe cuestionarse el valor que se podría estar posicionando a la mantención de una clínica ética, dígase de un otro. Después de todo, el advenimiento de la supresión nos invita a morir tanto en la palabra como en lo que esta dijera.


Por Chriss Rauld M.